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Daños

Daños Morales

La valuación de Daño Moral , en su modalidad de reciente creación, utiliza 3 metodologías para valuar el Daño patrimonial y extrapatrimonial , y se utiliza la opinión de 3 expertos de diferentes ramas,
Por Daño Moral se entiende la afectación que la persona que sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físico, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás.

Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnere o menoscabe ilegítimamente la libertad o integridad física o psíquica de las personas. El daño moral se determina por el carácter extrapatrimonial de la afectación; la cual puede tratarse de la lesión a un derecho o a un simple bien o interés de carácter no pecuniario. Es decir, la conceptualización del daño moral centra su objeto y contenido en los intereses no patrimoniales o espirituales que pueden verse afectados. Así, las angustias, las aflicciones, las humillaciones, el padecimiento o el dolor constituyen daños a la moral en tanto son afectaciones a intereses no patrimoniales. Puede sostenerse que el daño moral es un género dividido en tres especies, a saber: (i) daño al honor, el cual afecta a una persona en su vida privada, honor o propia imagen; (ii) daños estéticos, que son los que afectan la configuración y los aspectos físicos de las personas; y, (iii) daños a los sentimientos o a la parte afectiva del patrimonio moral, como se les ha denominado en la doctrina, y que hieren a un individuo en sus afectos .. El daño moral tiene dos tipos de proyecciones: presentes y futuras. Así, el daño es actual cuando éste se encuentra ya producido al momento de dictar sentencia … Por otra parte, el daño futuro es aquel que todavía no se ha producido al dictar la sentencia, pero se presenta como una previsible prolongación o agravación de un daño actual, o como un nuevo menoscabo futuro, derivado de una situación del hecho actual.
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