Daños
Daños a la Salud
Los Daños a la Salud, dentro de la modalidad de Daño Moral podrán ser estéticos, perdida de algún miembro, negligencia media, cualquier afectación a la salud , sea Física o Mental.
La Organización Mundial de la Salud define el derecho a la salud Como un estado de completo bienestar físico, mental y social que “ consiste no solamente del acceso a la atención médica, sino también del acceso a todos los bienes y servicios que son esenciales para una vida saludable o que conducen a ella ”.
ARTÍCULO 1o. La presente Ley reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Es de aplicación en toda la República y sus disposiciones son de orden público e interés social.