Legal

Daños a la vida en relación

Daños a la vida en relación

El daño a la vida de relación es un tipo de daño extrapatrimonial, de desarrollo jurisprudencial, que consiste en la pérdida de la posibilidad de realizar actividades vitales, aunque estas no produzcan rendimientos patrimoniales.

Este perjuicio no se refiere a la lesión en sí misma, sino a los efectos que ella produce a la vida de quien la sufre. Para que se configure el daño y se reclamen la indemnización se deben cumplir los siguientes requisitos y efectos: 1º. La existencia e intensidad del perjuicio debe ser demostrada dentro del proceso por la parte demandante. 2º. Se refiere tanto a la imposibilidad de gozar de los placeres de la vida, como de las simples actividades rutinarias que ya no pueden realizarse. Por lo anterior, este perjuicio se refleja en la vida exterior o social del individuo. 3º. Se requiere que se afecte de modo superlativo las condiciones habituales de vida del individuo que padece el daño. 4º. Puede ser pedido tanto por la víctima directa del daño como por sus familiares cercanos.